Residencia Para Extranjeros en República Dominicana

USCIS PASO MI CASO A ELIS, ¿QUÉ SIGNIFICA ESTO?
July 21, 2024

La mayoría de los extranjeros que quieren residir de manera legal en República Dominicana, no buscan asesoría antes de ingresar a territorio dominicano, lo que deriva en grandes gastos y mayor tiempo en la tramitación de sus solicitudes para una residencia.

Pues en la gran mayoría de los casos el proceso migratorio debes de ser iniciado en el país de origen del extranjero o en el país donde resida; situación que no es tomada en cuenta por muchas personas interesadas en la residencia.

En otros casos muchos extranjeros que viven permanentemente sin permiso no valoran con justeza los beneficios de regularizar su situación legal en el país, llegando incluso a cuestionar su utilidad en vista de la evidente falta de control de parte de las autoridades migratorias dominicanas situación está que ha mejorado en los últimos años ya que en la actualidad existe mayor control.

Hay muchas razones por la que debes de estar legal en República Dominicana y contar con un permiso de residencia y en Benjamín De La Cruz/Abogados Attorney At Law, le ayudamos a que le otorguen su residencia y para que disfrute en el país de las múltiples ventajas de estar legal, entre ellas citamos  las siguientes:

  • Para trabajar legalmente en República Dominicana, la ley exige que el extranjero obtenga su permiso de residencia; de lo contrario, estaría en una situación anómala e ilegal, además de sujeto a deportación.
  • El artículo 13 de la Ley 14-93, modificada por la Ley 146-00, libera a los extranjeros que vengan a residir definitivamente en el país de manera legal de la obligación de pagar gravámenes arancelarios por las importaciones de sus efectos personales y del hogar. El extranjero ilegal no se beneficia de esta disposición.
  • Para muchos extranjeros interesados en no pagar impuestos sobre sus rentas de fuente externa al país de su nacionalidad, es indispensable que obtengan permiso de residencia en otro país.
  • El extranjero residente no necesita comprar tarjeta de turismo para entrar a República Dominicana.
  • El extranjero con residencia en las categorías de rentista, inversionista o jubilado obtiene ventajas fiscales significativas.
  • El extranjero residente puede obtener una licencia de conducir dominicana, así como seguro de su automóvil; el extranjero no residente puede conducir con la licencia de su país de origen, así como obtener seguro, pero solo por el período de su estadía legal en la República Dominicana, posteriormente tendrá dificultades legales y de carácter económico si tiene un accidente de tránsito y no tiene estadía legal en el país, en los últimos años hemos vistos como extranjeros han tenido incomodas situaciones en los tribunales de tránsitos por no contar con seguro y licencia de conducir.

Las visas más usadas para extranjeros que no cuenten con familiares en Republica Dominicana.

1. A. Visa de Residencia (RS) por inversión

El principal requisito es el de invertir un mínimo de 200.000 USD (o su equivalente en pesos dominicanos) ya sea en el capital de una empresa dominicana existente, en una nueva o en bienes inmuebles ubicados en la República Dominicana.

Al solicitante principal no se le exigirá una edad mínima y el permiso puede incluir al cónyuge e hijos solteros menores de 18 años de edad, mayores de edad incapacitados, o los mayores que comprueben cursar carrera universitaria y dependan económicamente del solicitante principal. Asimismo, podrán incluirse los menores sobre los cuales el titular o su cónyuge ejercen tutela plenamente reconocida.

Esta visa por vía de la inversión ofrece 2 ventajas adicionales frente a las otras:

  1. El permiso de residencia que se obtiene es directamente permanente (tan solo se ha de renovar cada 4 años).
  1. Es posible obtener la nacionalidad por el procedimiento de naturalización pasados únicamente 6 meses de residencia legal en el país. Si bien, el proceso de obtención de la ciudadanía puede demorarse hasta 2 años.

1. B. Visa de Residencia (RS) por rentista

En este caso se han de demostrar rentas recurrentes de, al menos, 2.000 USD al mes (o su equivalente en pesos dominicanos). Si se desea incluir al cónyuge e hijos menores de edad, esa cantidad deberá incrementarse en 250 USD al mes por cada dependiente adicional.

Es importante señalar que esas rentas no pueden proceder de sueldos ni salarios. Las rentas pueden proceder de bienes muebles (dividendos de sociedades cotizadas o no cotizadas, fondos de inversión, intereses de deuda, préstamos o depósitos, regalías, etc.) o de bienes inmuebles (rentas del alquiler, etc.). Es indistinto que los activos se ubiquen dentro o fuera de la República Dominicana, si bien, la documentación a aportar variará en función de su procedencia y tipo de activo.

1. C. Visa de Residencia (RS) por pensión/jubilación

Se ha de tener una pensión vitalicia (ya sea pública o privada) de, al menos, 1.500 USD al mes (o su equivalente en pesos dominicanos). Como en la anterior variante, en caso de querer incluir al cónyuge e hijos menores de edad, la pensión mensual debe ser 250 USD superior por cada dependiente.

Requisitos comunes a todos los visados

Cabe destacar que, a diferencia de visados similares de otros países (como los de Costa Rica, Nicaragua o Filipinas), estos visados sí permiten trabajar de forma legal en el país. Aunque en caso de trabajar para una empresa o entidad local, los ingresos generados por dicha actividad se considerarán nacionales y, por tanto, sujetos a tributación.

Por supuesto, además de los requisitos particulares para cada tipo de visa, existen los típicos requisitos generales como son:

  • Pasaporte original con una vigencia mínima de 18 meses.
  • Partida de nacimiento debidamente traducido al español, legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente traducido al español, legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Certificación médica de que el peticionario no posee enfermedades infecto contagiosas.
  • Acta de matrimonio (en caso de aplicar con cónyuge) debidamente traducido al español, legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Fotografías, etc

By Benjamin De La Cruz/Abogados Attorney At Law.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *